NOBLEZA Y TÍTULOS NOBILIARIOS
La nobleza y los títulos nobiliarios de la Casa Real de Kupang son consecuencia de la aplicación de los usos tradicionales observados por la Dinastía Nisnoni durante siglos. Estos usos conforman un código consuetudinario que se ha transmitido oralmente desde los tiempos del Imperio de Sonbai y que recibe el nombre de Gelaran Adat. Ningún honor de carácter nobiliario que no sea aplicación del Gelaran Adat es discernido por el Rajá de Kupang, en su calidad de Jefe de la Casa Real de Kupang. Esto quiere decir que toda concesión nobiliaria que se produzca en nuestros días no se diferencia de las tradicionalmente otorgadas por los Rajás de Kupang.
En definitiva, respetando estos usos tradicionales, el Rajá de Kupang goza de la más amplia libertad para la concesión de los títulos nobiliarios que tenga por adecuados. Tal es su prerrogativa como Jefe de la Casa Real. Conviene tener presente que ni él ni ninguno de sus antepasados fue depuesto o abdicó en ningún momento y circunstancia.
Las concesiones de títulos nobiliarios que realiza hoy en día la Casa Real de Kupang son para premiar el comportamiento cívico y humanitario, la ayuda al desarrollo y a la beneficencia, así como la lealtad y el servicio a la propia Casa Real.
Antes de detenernos en la explicación por separado de cada una de las dignidades nobiliarias, es oportuno dar cuenta de una serie de caracteres comunes a todas ellas:
- Todos los títulos otorgados son expedidos en una carta patente firmada por el Rajá de Kupang, timbrada con el sello de la Casa Real y registrada en la Cancillería competente.
- Los títulos pueden ser vitalicios, es decir, concedidos durante la vida del beneficiario o, hereditarios, con capacidad para ser transmitidos por sucesión a su muerte.
- La única manera de transmitir un título de una persona a otra es a través de sucesión, en el caso de los títulos hereditarios, una vez verificada la muerte de la persona a la que fue concedido en su día. No cabe ninguna forma de cesión o transmisión del título diferente a esta sucesión.
- La sucesión nobiliaria es preferente en los supuestos de varonía y primogenitura. No obstante, caben otros criterios sucesorios. En cada caso, se estará a lo dispuesto en la carta patente de concesión.
- El cónyuge de un agraciado con un título nobiliario podrá ser tratado como consorte del mismo.
- Toda concesión nobiliaria puede ser revocada por el Rajá del mismo modo en que fue otorgada.
Una vez realizadas estas precisiones, trataremos de los diferentes títulos nobiliarios concedidos por la Casa Real de Kupang, que solamente pueden ser de tres clases, a saber: Temukung, Raja Muda y Fettor.
Temukung: ocupa el tercer lugar en el escalafón nobiliario del sistema premial de la Casa Real de Kupang.
A la hora de buscar un equivalente en el sistema europeo y español, Temukung equivaldría a Barón.
No es hereditario por regla general, si bien la concesión puede ser con carácter hereditario, a criterio del Rajá, lo que deberá expresarse en la carta patente.
Es concedido por méritos y servicios destacados al Rajá o a la Casa Real de Kupang, además de importantes comportamientos cívicos.
Raja Muda: es el rango nobiliario por encima del de Temukung.
En España es equiparable a un título de Marqués.
Por regla general, es siempre hereditario.
Para ser otorgado es preciso que el beneficiario sea acreedor de extraordinarios méritos y servicios al Rajá o a la Casa Real de Kupang.
Fettor: es el título nobiliario de más alto rango que puede ser discernido por la Casa Real de Kupang, verdadera cúspide del Gelaran Adat.
En los sistemas premiales europeo y español, equivale a Duque.
Es siempre hereditario.
Su concesión es, obligatoriamente, en virtud de excepcionales méritos concurrentes en la persona del agraciado, o servicios al Rajá o a la Casa Real de Kupang, de idéntico valor y devoción.
Todos los títulos pueden ser adicionados al nombre de su beneficiario, antecediéndolo. Es decir, Temukung… (nombre y apellidos), Raja Muda… (nombre y apellidos) y Fettor… (nombre y apellidos)
Respecto de los títulos nobiliarios extranjeros, esto es, discernidos por otras Casas Reales, de acuerdo con la tradición no pueden ser utilizados en el territorio o en el protocolo de la Casa Real de Kupang. Sin embargo, cabe dispensar esta norma mediante un acto de reconocimiento emanado del Rajá que puede, motu proprio, permitir la utilización de títulos nobiliarios extranjeros, tanto en el territorio como en el protocolo de la Casa Real de Kupang.
La nobleza y los títulos nobiliarios de la Casa Real de Kupang son consecuencia de la aplicación de los usos tradicionales observados por la Dinastía Nisnoni durante siglos. Estos usos conforman un código consuetudinario que se ha transmitido oralmente desde los tiempos del Imperio de Sonbai y que recibe el nombre de Gelaran Adat. Ningún honor de carácter nobiliario que no sea aplicación del Gelaran Adat es discernido por el Rajá de Kupang, en su calidad de Jefe de la Casa Real de Kupang. Esto quiere decir que toda concesión nobiliaria que se produzca en nuestros días no se diferencia de las tradicionalmente otorgadas por los Rajás de Kupang.
En definitiva, respetando estos usos tradicionales, el Rajá de Kupang goza de la más amplia libertad para la concesión de los títulos nobiliarios que tenga por adecuados. Tal es su prerrogativa como Jefe de la Casa Real. Conviene tener presente que ni él ni ninguno de sus antepasados fue depuesto o abdicó en ningún momento y circunstancia.
Las concesiones de títulos nobiliarios que realiza hoy en día la Casa Real de Kupang son para premiar el comportamiento cívico y humanitario, la ayuda al desarrollo y a la beneficencia, así como la lealtad y el servicio a la propia Casa Real.
Antes de detenernos en la explicación por separado de cada una de las dignidades nobiliarias, es oportuno dar cuenta de una serie de caracteres comunes a todas ellas:
- Todos los títulos otorgados son expedidos en una carta patente firmada por el Rajá de Kupang, timbrada con el sello de la Casa Real y registrada en la Cancillería competente.
- Los títulos pueden ser vitalicios, es decir, concedidos durante la vida del beneficiario o, hereditarios, con capacidad para ser transmitidos por sucesión a su muerte.
- La única manera de transmitir un título de una persona a otra es a través de sucesión, en el caso de los títulos hereditarios, una vez verificada la muerte de la persona a la que fue concedido en su día. No cabe ninguna forma de cesión o transmisión del título diferente a esta sucesión.
- La sucesión nobiliaria es preferente en los supuestos de varonía y primogenitura. No obstante, caben otros criterios sucesorios. En cada caso, se estará a lo dispuesto en la carta patente de concesión.
- El cónyuge de un agraciado con un título nobiliario podrá ser tratado como consorte del mismo.
- Toda concesión nobiliaria puede ser revocada por el Rajá del mismo modo en que fue otorgada.
Una vez realizadas estas precisiones, trataremos de los diferentes títulos nobiliarios concedidos por la Casa Real de Kupang, que solamente pueden ser de tres clases, a saber: Temukung, Raja Muda y Fettor.
Temukung: ocupa el tercer lugar en el escalafón nobiliario del sistema premial de la Casa Real de Kupang.
A la hora de buscar un equivalente en el sistema europeo y español, Temukung equivaldría a Barón.
No es hereditario por regla general, si bien la concesión puede ser con carácter hereditario, a criterio del Rajá, lo que deberá expresarse en la carta patente.
Es concedido por méritos y servicios destacados al Rajá o a la Casa Real de Kupang, además de importantes comportamientos cívicos.
Raja Muda: es el rango nobiliario por encima del de Temukung.
En España es equiparable a un título de Marqués.
Por regla general, es siempre hereditario.
Para ser otorgado es preciso que el beneficiario sea acreedor de extraordinarios méritos y servicios al Rajá o a la Casa Real de Kupang.
Fettor: es el título nobiliario de más alto rango que puede ser discernido por la Casa Real de Kupang, verdadera cúspide del Gelaran Adat.
En los sistemas premiales europeo y español, equivale a Duque.
Es siempre hereditario.
Su concesión es, obligatoriamente, en virtud de excepcionales méritos concurrentes en la persona del agraciado, o servicios al Rajá o a la Casa Real de Kupang, de idéntico valor y devoción.
El Rajá Don Nicolaas Nisnoni y el Príncipe de la Corona Don Alfonsus Nisnoni, acompañados por los Fettors de la nobleza de Kupang
Todos los títulos pueden ser adicionados al nombre de su beneficiario, antecediéndolo. Es decir, Temukung… (nombre y apellidos), Raja Muda… (nombre y apellidos) y Fettor… (nombre y apellidos)
Respecto de los títulos nobiliarios extranjeros, esto es, discernidos por otras Casas Reales, de acuerdo con la tradición no pueden ser utilizados en el territorio o en el protocolo de la Casa Real de Kupang. Sin embargo, cabe dispensar esta norma mediante un acto de reconocimiento emanado del Rajá que puede, motu proprio, permitir la utilización de títulos nobiliarios extranjeros, tanto en el territorio como en el protocolo de la Casa Real de Kupang.